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Profesionales · LCDF

Seguro médico colectivo de empresa.

La cobertura sanitaria colectiva responde a un marco legal francés específico y puede estar condicionada por el convenio colectivo aplicable.

Marco jurídicoSolo Francia
01

Comprender antes de elegir

Un estudio centrado en su situación.

En general, el empleador privado debe ofrecer cobertura colectiva y financiar al menos el 50 % de la cotización, salvo excepciones previstas.

02

Comprobar el convenio colectivo

Un acuerdo sectorial puede imponer garantías mínimas o una aportación empresarial superior al mínimo legal. El primer paso es identificar el marco convencional aplicable.

03

Dispensas de adhesión

Algunos empleados pueden solicitar una dispensa en los casos previstos por la normativa o por el régimen implantado. El empleador debe gestionar correctamente los justificantes y las condiciones de dispensa.

04

Garantías y presupuesto social

Además del mínimo, la empresa puede elegir refuerzos, cobertura para familiares o varios niveles de prestaciones. Hay que equilibrar el coste para la empresa, la aportación del trabajador y la claridad del régimen.

Nuestro enfoque

Comparar el contrato en su conjunto.

El precio solo tiene sentido junto con garantías, franquicias, límites, exclusiones y condiciones. Recopilamos la información útil y presentamos las soluciones disponibles sin prometer coberturas que no figuren en el contrato.

Preguntas frecuentes

Lo esencial.

¿Debe el empleador financiar al menos la mitad de la cotización? +

Sí. La participación financiera del empleador debe alcanzar al menos el 50 % de la cotización de la cobertura colectiva obligatoria.

¿Deben adherirse todos los empleados? +

La adhesión es obligatoria con carácter general, pero determinados empleados pueden quedar dispensados cuando se cumplen las condiciones previstas por la normativa.

Referencias útiles

Para saber más.

Las reglas generales presentadas en esta página se basan en fuentes públicas francesas. Las garantías aplicables a su expediente son las previstas en el contrato propuesto.

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